domingo, 23 de febrero de 2020

Clasificación de las victimas

Tipos de víctimas y los modelos propuestos para la clasificación de las mismas

Al igual que sucede con el concepto de víctima, son muchas las tipologías victimales expuestas a lo largo de la historia por diversos autores. Todas ellas son perfectamente válidas diferenciándose unas de otras en la variable clasificatoria. De las presentadas es criterio comúnmente aceptado por la doctrina victimológica considerar la de Mendelsohn como una de las más completas.

Su tipología es una de las primeras clasificaciones de víctimas y, sin lugar a dudas, la más conocida y comentada. De hecho, ha servido de base para otras tipologías victimológicas de muy diversos autores.

Su fundamento se centra en la correlación de culpabilidad entre la víctima y el infractora; esto es, la existencia de una relación inversa entre la culpabilidad del agresor y la del ofendido, a mayor culpabilidad de uno menor culpabilidad de otro.

No obstante, el propio Mendelsohn es consciente de que es un planteamiento eminentemente teórico ya que la realidad demuestra que no existen casos de inocencia o culpabilidad absoluta y que, además, las conductas de los seres humanos están influenciadas por determinados factores biopsicosociales.

Desde esta perspectiva, la clasificación propuesta por Mendelsohn quedaría conformada por las siguientes tipologías victimales:

Victima completamente inocente o ideal:
Se le suele denominar víctima anónima es la que nada ha hecho o nada ha aportado para desencadenar la situación criminal por la que se ve damnificada.

Ejemplo: Un delincuente que roba a un hombre su billetera. A este delincuente le da igual robarle a este hombre o a otro ya que lo único que este quiere es el dinero que debe contener la billetera.

Victima de culpabilidad de menor o por ignorancia:
El sujeto por cierto grado de culpa o por medio de un acto poco reflexivo causa su propia victimación. En este caso se da un cierto impulso no voluntario al delito. 
Ejemplo: La pareja de enamorados que mantiene relaciones sexuales en un parque o en un sitio no muy oculto de las miradas, siendo atacados por una pandilla sucediendo la violación de la muchacha y la muerte del joven amante.

Victima tan culpable como el infractor y la victima voluntaria:
Recoge supuestos como, por ejemplo, el suicidio por medio de la "ruleta rusa", la víctima que sufre una enfermedad incurable y que pide que la maten, no pudiendo soportar el dolor (eutanasia activa), el suicidio cometido por una pareja (amantes desesperados, el marido saludable y la esposa enferma), etc.

Victima mas culpable que el infractor:
Referida a la víctima provocadora que incita a cometer una infracción o la víctima por imprudencia, que determina el accidente por falta de control en sí mismo. La víctima provocadora. Es aquella que por su conducta incita al autor a cometer ilicitud penal. Los casos más comunes se dan en los homicidios pasionales y en las celotipias. 
Ejemplo: La mujer que a sabiendas de que su marido es extremadamente celoso lo provoca inconscientemente con su conducta al punto que todo culmina en su muerte. 

La víctima por imprudencia:
Es la que determina el incidente por falta de control. Ejemplo: La persona que deja las llaves puestas en el carro.

La víctima es más culpable o únicamente culpable:
A tal efecto, pueden destacarse tres supuestos concretos: 

Víctima infractora: Cometiendo una infracción el agresor cae víctima. 
El ejemplo típico es el de la legítima defensa. 

Víctima simuladora: Es el caso de aquella persona que miente al juez para obtener una sentencia de condena contra otra persona. 

Víctima imaginaria: Por lo general son individuos con serias psicopatías de carácter y conducta como el demente senil, el paranoico reivindicador, mitómano, el púber, el histérico. En estos casos no existe la víctima en el sentido exacto del término porque simplemente no ha habido infracción. Solo sirve para señalar a un autor imaginario ante la justicia penal.
Ejemplo: Una muchacha histérica que induce a error a sus padres y, por ende, a la justicia, ya que estos denuncian a una persona por violación (que resulta detenida y procesada) siendo que el delito nunca había ocurrido.

De forma complementaria a esta tipología, Mendelsohn propone, a efectos penológicos, agrupar a las víctimas en conjuntos para imponer una pena al culpable, la cual irá descendiendo en su duración conforme aumentemos de grado:

A) Víctima inocente: No hay provocación ni otra forma de participación en el delito más que la puramente victimal. Debe aplicarse la pena íntegra al delincuente. 

B) Dentro del segundo grupo se encuadran
las víctimas provocadora, imprudencial, voluntaria y por ignorancia. Como quiera que la víctima colabora en mayor o menor grado, y en ocasiones intencionalmente, ha de disminuirse la pena al criminal en el grado en que la víctima participe en el delito.

C) El tercer grupo, es el de la víctima agresora, simuladora e imaginaria. Bien por haber cometido la víctima el acto delictuoso, bien porque éste no existe, el inculpado debe ser absuelto.

Bibliografía

Collazos, M. (2006). Tipologías Criminales. Recuperado de: http://www.marisolcollazos.es/victimologia/Victi-03.html 

sábado, 22 de febrero de 2020

Errónea Concepción de Victimización Terceria como victimización Carcelaria

Victimización Terciaria

Este tipo de victimización es la que sufre el propio victimario o las personas de su entorno, por parte de la administración y ejecución de justicia penal.
En este grupo hay varias teorías en las que algunos engloban al autor y la victimización que sufren al entrar en contacto con las instituciones penitenciarias en el momento de ser condenado e ir a prisión, y cuando posteriormente, a su salida es “etiquetado” y estigmatizado por la sociedad y los efectos que esto causa en los familiares, amigos o personas cercanas a ellas.

Tipos de Victimización Terciaria:


Victimización policial: Pueden ser torturas, malos tratos o vejaciones sufridas por los delincuentes en los regímenes totalitarios e incluso en los democráticos (en determinadas, raras y puntuales circunstancias).

Victimización penitenciaria: Tratos vejatorios, agresiones sexuales, violencia, intimidación, abusos varios, etc.

Victimización pos penitenciaria: Por el rechazo de la sociedad a los que han cumplido condena y por el mantenimiento de la red de relaciones mantenidas en la cárcel. 

Victimización Penitenciaria

La victimización penitenciaria no es más que un proceso normal de victimización, idéntico al producido dentro de la sociedad en sí, con la única particularidad de que queda reducido al ámbito de los centros penitenciarios, lo cual puede conllevar algunas dificultades adicionales en cuanto a su detección, dadas las variables confluentes entre el colectivo de sujetos activos que desarrollarían los ilícitos vinculados y la hipotética presencia una victimización institucional, carente de un rostro físico al que imputar la conducta ilícita.

Existen dos tipologias de victimización penitenciaria:

La primera se trata de la institucional: Se trataría del supuesto de victimización por parte de la propia Administración en tanto incluiría todos aquellos casos en los que no se observen las garantías o derechos reconocidos legalmente a los internos, tratándose, en consecuencia, de una clara dejación de funciones garantistas de las que debe responder activamente la Administración penitenciaria, causando su inobservancia perjuicios en el interno.
La segunda habla de la  Victimización primaria propiamente dicha: Implicaría la comisión de hechos delictivos desarrollados dentro del Centro Penitenciario; esto es, la producción de delitos con la particularidad de que el sujeto pasivo es un agente interno del establecimiento penitenciario, independientemente del rol que ocupe (recluso, funcionario, personal externo, etc.), pero siempre y cuando se encuentre desarrollando su actividad en la institución.

Los delincientes dentro de los centros penitenciarios sufren lo que se conoce como: 
La victimización del delincuente por parte del sistema legal que hace referencia al ámbito legislativo (la inflación penitenciaria), el ámbito policial (ineficacia policial), el judicial (referido a los error del proceso y la lentitud) y por último, la fase ejecutiva (que hace alusión al momento penitenciario en sí)
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Para comprender de mejor manera la victimización penitenciaria, les comparto el siguiente video que explica detallado lo que conlleva la victimacion dentro de las cárceles y las consecuencias que genera para los reclusos.


Bibliografía 

Arburola, A. (2010). Victimización Terciaria. Recuperado de: http://www.mailxmail.com/curso-victimologia-penal-criminologica/victimizacion-terciaria
Morillas, D. (s.f). Victimización Penitenciaria. Universidad de Murcia. Recuperado de: file:///C:/Users/meliz/Downloads/Dialnet-VictimizacionPenitenciaria-6056714.pdf

Diferencia entre Victimización Secundaria y Revictimización

Como se menciono anteriormente en este blog, la victimización secundaria se trata de los daños que sufre la victima por el sistema de justicia y los medios de comunicación y su relación con ellos. Son todas las consecuencias negativas personales que soporta la persona que denuncia un delito violento.

La victimización secundaria es el proceso donde se le añade un sufrimiento a la persona que ha sido victima de algún delito, a la hora de llevar a cabo la investigación, por parte de las instituciones judiciales y de las personas profesionales encargadas de prestar atención a la victima.

A la victimización secundaria también se le conoce como revictimizacion.

La revictimación se da cuando se culpa a la victima de hacer provocado el delito, generando un fuerte impacto psicosocial.

En este sentido debemos tener claro que existen dos fases bien identificadas, en las cuales la persona víctima de un delito sufre las consecuencias del mismo;

La primera de ellas se da precisamente cuando es sometida por el victimario a padecer la comisión de un delito en su contra, sea directa o indirectamente.

La segunda a partir del momento que la víctima pone en conocimiento de las autoridades el hecho delictivo en su perjuicio debido a la inoperancia del sistema penal.

Un articulo publicado por las Licda. Berenice Smith Bonilla y la Licda. Marjorie Alvarez Morales donde hablan acerca de la revictimización en las instituciones, mencionan algunos puntos del porque la persona victima de algún delito, sufre las consecuencias de un sistema inoperante:

1. La ausencia dentro de los edificios judiciales de una "Oficina de Información" o de "Atención al Público" que oriente a las personas acerca de la ubicación de la oficina que atiende su caso, esto a diferencia de la mayoría de empresas privadas y resto de instituciones públicas que cuentan con dicho servicio.

2. En los despachos policiales , Unidades del Ministerio Público o Juzgados, el personal auxiliar, con contadas excepciones, no han sido capacitado en atención al público, esto genera largas esperas, malos tratos, malas caras y consultas sin evacuar por ignorancia, entre otras.
3. En cuanto a los derechos que les asisten las personas en su mayoría los desconocen ya que a pesar que le "son puestos en conocimiento" al momento de interponer la denuncia, sin embargo lo cierto es, que estos no les son leídos ni mucho menos explicados, por lo que no están en capacidad de hacerlos valer, salvo en contadas excepciones de víctimas que con recursos económicos cuentan con asesores privados.
4. La génesis de lo expuesto en el punto anterior, deviene no solo del volumen de trabajo que manejan los despachos judiciales en materia penal, sino también de la falta de sensibilización y capacitación en punto al tema, lo cual tiene raíces más profundas , desde las aulas de las facultades de derecho, cursos policiales y otros, donde se echa de menos una materia como la victimologolía, en contrapeso al énfasis otorgado a los derechos del imputado .
5. Esta falta de sensibilización y capacitación se traduce, también a nivel de fiscales y jueces, en la falta de apoyo y orientación que requiere la víctima, y en el desconocimiento de que existe una Oficina de Atención a la Víctima de Delito que puede brindar apoyo legal, psicológico y de trabajo social, consecuencia de ello muchas personas son privadas de una atención integral, aún necesitándola. 
6. No existe una cultura, que vea a la víctima como una persona que ha sufrido un quebranto material o moral, sea en su salud, en su patrimonio en su cuerpo, sino que es considerada como una fuente de prueba. 
7. No se les informa el avance de la investigación o bien, que está haciendo el sistema por ellas, esto tiene una repercusión negativa, sobre todo en aquellos supuestos donde la resolución final no les favorece. 
8. Tampoco se les informa correctamente las posibilidades procesales de soluciones alternas, lo cual conlleva a que al momento de la Audiencia Preliminar desconozcan los alcances de cada una de ellas y en qué los puede beneficiar (costo, tiempo, beneficio). 
9. No se cuenta con espacios físicos adecuados para la espera en diligencias como reconocimientos físicos, salas de espera para comparecer en juicio (en las cuales todos los testigos de las partes están juntos), en muchas ocasiones tienen que esperar de pie durante horas. La declaración en juicio a veces también está precedida de una larga espera y como ya dijimos, junto a personas, familiares y amigos del acusado, que le culpan de todos los males de este. 
10. Desconocen además estas víctimas, que tanto ellos como sus testigos cuando son de lugares alejados, tienen derecho a cobrar sus respectivos viáticos, para los gastos de transporte y alimento. 
11. Además en los asuntos donde hay acción civil resarcitoria, en muy pocos casos se incluye el daño moral; máxime si se trata de delitos contra la propiedad y similares, en los cuales se considera que no existen secuelas psíquicas y por eso jamás se pensaría en hacer intervenir a perito forense respectivo. 
12. No podemos dejar de lado la cantidad de audiencias preliminares y juicios que se suspenden una, otra y otra vez, ocasionando múltiples inconvenientes a las víctimas, así como gastos económicos generados por el mismo proceso y que no recupera en caso de una salida alterna. 
13. Por otra parte en caso de menores de edad abusados sexualmente; como es harto conocido, sufren un grave problema de victimización secundaria que se inicia en etapas pre procesales (escuela, familia, Clínicas, vecindad, etc) y se agrava durante las diversas etapas de la investigación y juicio, sobre lo cual se ha escrito mucho y se han propuesto una serie de soluciones sin que la institución haya podido solventarlo del todo. 
14. El problema que surge cuando la víctima de un delito, no habla el idioma español; sin pensar en el idioma inglés que es común y de dominio más popular, sino en esos quejosos que solo hablan su lengua natal (alemán, japonés, francés, holandés, etc), a quienes no se les nombra un traductor oficial; como si se hace con los imputados. 
15. Aunado a todo lo anterior, los medios de comunicación masiva hoy en día juegan un papel muy importante en cuanto a este tema de segunda victimización, ya que muchas veces publican informaciones deformadas que perjudican la imagen de la víctima o simplemente el impacto psicológico que representa el hacer público la ofensa sufrida que muchas veces tiene que ver con la libertad sexual. 
16. También existe un problema socio – laboral. Social, entre los cuales podemos mencionar a manera de ejemplo, la madre; que con hijos menores, debe asistir continuamente a diligencias judiciales dentro del proceso, y por tanto tiene que dejar al cuidado y tutela de una tercera persona a estos menores, el mismo caso se presenta cuando la víctima de una causa esta convaleciente de las lesiones sufridas. Asimismo en cuanto a lo laboral podemos mencionar, el riesgo de perder sus trabajos por los constantes permisos y ausencias que deben justificar para apersonarse a los tribunales a audiencias o juicios del la causa donde son víctimas. 
17.- Finalmente, hemos de referir la revictimización que sufre aquella víctima de delitos no convencionales (trafico de drogas, secuestros, homicidios por sicariato, etc) al ser sometida a amenazas de muerte, persecuciones y acoso. (Revictimización un fenómeno invisibilizado en las instituciones, 2007)


Bibliografía 

Smith, B & Alvarez, M. (2007). Revictimización un fenómeno invisibilizado en las instituciones. Recuperado de: https://www.scielo.sa.cr/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1409-00152007000100004

viernes, 21 de febrero de 2020

Victimizacion Primaria, Secundaria y Terciaria

La Victimología es una disciplina cuyo objetivo lo constituye el estudio científico del delito. Desde el inicio, las victimas eran considerados como los únicos protagonistas de un delito y lo que se buscaba era la venganza. Después aparece la relación entre la victima y el victimario. La víctima se configura como un elemento esencial de la Criminología, pues desde el mismo instante en el que hay un delito tiene que haber una víctima que sufra la acción criminal.

La Victimización es el proceso en el que una persona sufre las consecuencias de un delito y podemos hablar de tres tipos:

1. Victimización Primaria: Se trata cuando la victima de un delito es el principal sujeto que vive los daños, ya sean psicológicos o físicos y como una persona se convierte en la victima de un delito.

El siguiente link, es un video que habla acerca del proceso de victimización y sus tipos:
https://www.youtube.com/watch?v=36USZI5wnhU

2. Victimización Secundaria:
Son los daños que sufre la victima por el sistema de justicia y los medios de comunicación y su relación con ellos. Son todas las consecuencias negativas personales que soporta la persona que denuncia un delito violento.

La victimización secundaria no solo ocurre como consecuencia directa de la actuación criminal, sino también a través de la respuesta de instituciones e individuos particulares en la atención que se les brinda a estas.

La victimización secundaria se puede producir en diferentes momentos: durante la etapa del arresto, la denuncia, la toma de declaración, la atención en salud, el juicio, la sentencia, y en diferentes niveles: Judicial, familiar, social y laboral. Además las formas de victimización secundaria y los factores asociadas a esta se relacionan con el tipo de delito.

3. La Victimización Terciaria: Es la que sufre el propio victimario o las personas de su entorno, por parte de la administración y ejecución de justicia penal.

En este grupo hay varias teorías en las que algunos engloban al autor y la victimización que sufren al entrar en contacto con las instituciones penitenciarias en el momento de ser condenado e ir a prisión, y cuando posteriormente, a su salida es “etiquetado” y estigmatizado por la sociedad. Por otro lado, la victimización terciaria es la que sufren las propias víctimas al ser “etiquetadas” como tal por la sociedad y los efectos de familiares, amigos o personas cercanas a ellas.

Bibliografia


Gutierrez, C. Coronel, E. Perez, C. (2009). Revisión teórica del concepto de victimización secundaria. Universidad Cooperativa de Colombia. Recuperado de: http://www.scielo.org.pe/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1729-48272009000100006
La República, (2013). La Victimología en Costa Rica. Recuperado de: https://www.larepublica.net/noticia/la_victimologia_en_costa_rica

jueves, 20 de febrero de 2020

Objeto, metodología y fin de la victimología

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Objeto, metodología y fin de la victimología

La Victimologia surgió en la segunda mitad del siglo XX como una ciencia joven sobre la cual se asientan los pilares de un nuevo sistema de justicia, capaz de reordenar y equilibrar el orden social. Va afianzándose como un campo de investigación científico que se encarga del estudio de las víctimas en general, impulsando durante los últimos años un proceso de revisión científica del rol de la víctima en el suceso crimina.

El objeto de estudio es, en primer lugar, la víctima en general, ayudar y asistir a las víctimas de delitos, aliviar su penosa situación y afirmar sus derechos.

Este objeto de estudio esta constituido por tres planos constitutivos:

1. El plano primordial bio-psicosocial: la persona puesta frente a todos los factores que lo estimulan a convertirse en víctima, comprendidos los casos en los cuales no existe la otra parte de la pareja penal, o sea, el delincuente.

Para entender este punto, ponemos el siguiente ejemplo: los accidentes de trabajo, en el cual se es víctima del propio acto; en estos casos se habla de víctima independiente.

2. El plano criminológico: considera que el problema de la personalidad de la víctima está en relación bio-psicosocial solamente con el conjunto de problemas de la criminalidad y siempre desde el punto de vista terapéutico y profiláctico victimal.

3. El plano jurídico: contempla a la víctima en relación con la ley, sea ésta penal o bien civil, para los casos de resarcimiento de los daños por ella sufridos.

Pero el objeto de estudio de la Victimología no puede limitarse a la víctima en sí misma sino en la complejidad de su situación, manifestándolo en tres niveles:

A. Nivel individual: la víctima es toda persona natural o jurídica sobre la cual ha recaído una acción u omisión punible.

B. Nivel conductual: la victimización, considerada como resultado de una conducta antisocial contra una persona o grupo de personas; también podemos definirla como el mecanismo por el cual una o un grupo de personas llegan a convertirse en víctimas.

C. Nivel general: la victimidad, es el conjunto de factores que predispone a una o un grupo de personas a ser víctimas, siendo factores de victimidad: la persona, la sociedad y la naturaleza en estado normal o alterado.

Esto quiere decir que el objeto de estudio no se centra solo en la víctima, su personalidad y características, si no que, debe estudiarse también su conducta aislada y su relación con la conducta criminal, así como el fenómeno victimal en general.



Por otro lado, la metodología para recabar datos empíricos sobre las victimas de delitos, se logra a través de encuestas de victimización que se realizan a nivel local, regional, nacional e internacional. Mediante este método, se busca lograr un análisis exhaustivo de los patrones y las tendencias temporales y espaciales de los diferentes tipos de victimización.

El método empírico se utiliza para el estudio del fenómeno criminal y de la relación victima-delincuente.

La Victimología se apoya de otras disciplinas para el estudio de la victima; Antropología, Biología, Psicología, Psiquiatría, Medicina, Derecho Penal, etc.


El fin de la Victimilogía es el estudio de la relación entre victima y delincuente y las diferentes fases de victimización.

La creación de esta disciplina ha permitido tanto el estudio como el tratamiento de víctimas y familiares de todo tipo de delitos, que la criminología tradicional ignoraba para centrarse en la figura del delincuente.


Una noticia que se dio hace poco en nuestro país fue el homicidio de Karolay Serrano (victima) la cual habría sido asesinada por ordenes de su expareja (victimario).

Bibliografia

Cuarezma, S. (s.f). La Victimologia. Instituto Interamericano de Derechos Humanos. Recuperado de: http://www.corteidh.or.cr/tablas/a12064.pdf
Ezzat, A. (2014). Victimologia. Pasado, Presente, Futuro. Revista Electrónica de Ciencia Penal y Criminología. Recuperado de: http://criminet.ugr.es/recpc/16/recpc16-r2.pdf

Clasificación de las victimas

Tipos de víctimas y los modelos propuestos para la clasificación de las mism as Al igual que sucede con el concepto de víctima, son much...